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Debe respetarse el debido proceso en diligencia de descargos

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la Sentencia 60201 de 2018, precisó que la decisión del empleador de finalizar eficazmente el vínculo laboral por justa causa, el empleador debe tener en cuenta los siguientes aspectos:


- La comunicación al trabajador de los motivos y razones concretos por los cuales se termina el contrato

- La inmediatez que consiste en que el empleador debe dar por terminado el contrato una vez ocurridos los hechos, esto significa que la terminación deberá realizarse dentro de un término razonable.

- Que los motivos hagan parte de las causales de terminación legalmente establecidas

- Agotar el procedimiento a seguir para el despido según el Reglamento Interno de Trabajo o el Contrato Individual de Trabajo.


No obstante se recomienda que así no exista norma contractual que obligue a seguir un determinado procedimiento, en todos los casos de despido por justa causa se le otorgue al empleado el derecho de defensa sobre los hechos que se le imputan, con la realización de una diligencia de descargos en los términos del artículo 29 de la Constitución Política.

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