top of page

Trabajadores solo podrán beneficiarse de un Sindicato.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la Sentencia 76625 de 2017, precisó que aunque es posible que en una empresa existan varias organizaciones sindicales que pueden dar lugar a la coexistencia de varias convenciones colectivas, los trabajadores solo podrían beneficiarse de una de éstas, partiendo de su afiliación al sindicato con el que se hubiera pactado la misma, la cual debe aplicarse de manera exclusiva. De acuerdo a lo anterior, no es posible que el trabajador escoja un capítulo de una convención, luego otro de otra y de esta manera pretenda "construir" la convención que más lo beneficie de acuerdo a sus intereses.


En este sentido la Corte Suprema de Justicia, estableció que: "(...) aun cuando es viable jurídicamente que un trabajador pueda ser parte de varios sindicatos, en caso de que existan diversas convenciones colectivas suscritas por las organizaciones que integra, y de las cuales un mismo trabajador sea beneficiario de todas ellas, ello no significa que pueda aprovecharse simultáneamente de cada una, pues la libertad sindical debe entenderse para tales efectos, como que el asalariado debe escoger entre los distintos convenios aquel que mejor le convenga a sus intereses económicos, ello con el fin de evitar que el trabajador reciba duplicidad o más beneficios convencionales."

Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
Mensajes Destacados
Archivo
Buscar por Etiquetas
bottom of page