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Las cesantías que estén consignadas en el Fondo de Cesantías, podrán liquidarse para educación prees

  • serhosbposas
  • 22 jun 2016
  • 1 Min. de lectura

Al respecto, el Proyecto de Ley 143 de 2015 Cámara, 158 de 2015 Senado, luego de ser aprobado en el Congreso de la República, pasó a Sanción Presidencial, una vez lo cual se convertirá en Ley, evento este del cual informaremos inmediatamente ocurra. Esta iniciativa amplió la posibilidad de utilizar las cesantías consignadas en el Fondo de Cesantías al permitir su destinación no sólo a la financiación de estudiosuniversitarios, sino también al pago de la educación preescolar, básica primaria, media, técnica profesional o tecnología del trabajador, su cónyuge, sus hijos o dependientes hasta el tercer grado de consanguinidad y tercero civil, que sean menores de 18 años o mayores de edad y hasta los 25 años, siempre que dependan económicamente o, por factores físicos o psicológicos, debidamente certificados por la autoridad competente.


La propuesta aprobada también establece que las cesantías consignadas en el Fondo de Cesantíaspuedan liquidarse parcialmente para prefinanciar la educación, a través de la figura de ahorro programado o de seguros educativos.

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