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A más tardar el próximo martes 14 de febrero Deben consignarse las cesantías en el fondo seleccionad




Recuerde consignar, a más tardar el próximo martes 14 de febrero, en el fondo seleccionado por el empleado y con corte al 31 de diciembre del año 2016, las cesantías de quienes se vincularon a partir del 1 de enero de 1991 o se hayan acogido al régimen de cesantías previsto por la Ley 50 de 1990 y que no devenguen salario integral, en cuantía equivalente a un mes de salario por cada año de servicios, y proporcionalmente por fracción. Artículo 99 de la Ley 50 de 1990. Artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo.


Para liquidar las cesantías, se toma como base el último salario mensual devengado por el empleado, siempre que no haya tenido variación en los tres últimos meses. En el caso contrario y en el de los salarios variables, se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año. Artículos 249 y 253 del Código Sustantivo del Trabajo.



Cesantias = Salario base de liquidación (salario + auxilio legal de transporte) x número de días laborados 360 días

Las cesantías pueden ser giradas directamente por el empleador, siempre que la empresa avale la solicitud de liquidación parcial del trabajador

Cabe recordar que los trabajadores podrán exigir el pago parcial de su auxilio de cesantía para la adquisición, construcción, mejoras o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda, siempre que dicho pago se efectúe por un valor no mayor del requerido para tales efectos, para lo cual ustedes como empleadores podrán proceder con el pago directo al trabajador de sus correspondientes cesantías.


La sanción moratoria por no consignar oportunamente las cesantías también es de un día de salario por cada día de retardo, hasta máximo veinticuatro meses, a partir de los cuales el empleador deberá pagar al trabajador, sobre el valor acumulado de la sanción, intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia Financiera





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