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Las fechas de Pago de Aportes a la Seguridad Social y las Entidades Parafiscales Rigen desde el 6 de

Al respecto es importante resaltar que el Decreto 1765 de 2017, mantuvo las fechas de pago de aportes a la seguridad social y a las entidades parafiscales que había establecido el Decreto 1990 de 2016, las cuales están vigentes desde del 6 de marzo de 2017.



En cuanto a la obligatoriedad del uso de planilla electrónica para el pago de los aportes a la seguridad social, el nuevo Decreto 1765 de 2017, amplió el plazo para adoptar la planilla electrónica, según el número de cotizantes, así: 20 o más cotizantes a partir del 6 de marzo de 2017, 10 a 19 cotizantes a partir del 1 de marzo de 2018, 5 a 9 cotizantes a partir del 1 de junio de 2018, 3 o 4 cotizantes para municipios con categoría diferente a 5 y 6 a partir del 1 de agosto de 2018. En todo caso, quienes tengan menos de 3 aportantes podrán seguir haciendo el pago de los aportes a través de cualquier modalidad de planilla, sea electrónica o asistida. Por su parte, los cotizantes que sean trabajadores independientes deberán autoliquidar sus aportes utilizando la planilla electrónica, de acuerdo al ingreso base de cotización, así: Mayor o igual a 5 salarios mínimos legales, desde el 6 de marzo de 2017, Mayor o igual a 4 e inferior a 5 salarios mínimos legales, desde el 1 de marzo de 2018, Mayor o igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales para residentes en municipios con categoría diferente a 5 y 6, desde el 1 de junio de 2018.

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